Sello Chile Inclusivo reconocerá a empresas que lideren cumplimientos legales y buenas prácticas en temas de inclusión

Sello Chile Inclusivo reconocerá a empresas que lideren cumplimientos legales y buenas prácticas en temas de inclusión

Sello Chile Inclusivo reconocerá a empresas que lideren cumplimientos legales y buenas prácticas en temas de inclusión

Esta semana, Senadis lanzó el Sello Chile Inclusivo 2019, el que se entrega como reconocimiento a las organizaciones -públicas y privadas- que cumplan estándares respecto de la inclusión.

El Sello Chile Inclusivo es un reconocimiento que entrega el Gobierno de Chile, a través del Servicio Nacional de la Discapacidad (Senadis) a organismos públicos, organizaciones no gubernamentales y empresas privadas de todo tamaño o rubro que demuestren ejemplaridad en materia de inclusión de personas con discapacidad. Para la versión 2019, el plazo de postulación se extenderá hasta el 15 de mayo de 2020.

Este año, se reconocerá la implementación y ejecución de proyectos institucionales de buenas prácticas inclusivas a aquellas empresas que cumplan con  el marco legal actualmente vigente en  accesibilidad e inclusión social (ley de inclusión 21.015 y decreto 50 accesibilidad). La base será el marco legal, pero se espera que las empresas inclusivas vayan más allá de éste. Las empresas públicas  que podrán postular serán aquellas que cuenten con más de 100 trabajadores  y las privadas que tengan más de 200 trabajadores. Se podrá postular a dos categorías: Categoría Gestión Institucional Inclusiva y Categoría Espacios Públicos Inclusivos . 

“Este sello reconoce a quienes están liderando este cambio de mirada que necesitamos como país. Ya estamos avanzando con leyes como la de accesibilidad universal y la inclusión laboral, pero necesitamos ir más allá, sumando más empatía y más compromiso de todas las instituciones públicas y privadas”, expresó el Subsecretario de Servicios Sociales, Sebastián Villarreal.

Respecto a las categorías de postulación de este año, la directora de Senadis María Ximena Rivas asegura que “si bien es un sello que viene desde el año 2012, le hicimos varios ajustes porque lo adaptamos a la actualidad nacional. Y la actualidad nacional es que hay dos leyes vigentes: la Ley de Inclusión Laboral y la legislación en accesibilidad. Por lo tanto, nuestra idea es promover con el Sello las mejores prácticas por sobre los cumplimientos legales”.

El proceso se divide en dos etapas: 1.- Admisibilidad: las empresas deberán corroborar por medio de  verificadores específicos el cumplimiento de la Ley 21.015 y el decreto Supremo n° 50 de Accesibilidad. 2.- Una vez  aprobada la etapa uno, se presentará un informe de Proyectos de Buenas Prácticas Inclusivas.  Frente a la aprobación de la etapa dos, se entregará el sello.

La forma de evaluación se rige bajo 17 indicadores y verificadores  de gestión inclusiva establecidos  por la ONU. Las postulaciones se pueden realizar entre el 4 de noviembre y el 23 de diciembre de 2019.

Además de obtener el reconocimiento del Estdo, al recibir el Sello Chile Inclusivo, las empresas pueden optar a un mayor puntaje como proveedores para licitaciones de Chile Compra, lograr patrocinio de Senadis, difusión de Buenas Prácticas que contribuyan a mejorar la imagen corporativa y así incrementar la fidelización por parte del público.

“Es muy importante que las empresas y las instituciones públicas, privadas y las organizaciones sociales postulen proyectos que estén trabajando en miras a la inclusión efectiva de las personas con discapacidad, ya sea en la categoría gestión institucional o de espacios públicos inclusivos para que podamos ser un país que le abre las puertas a todos en igualdad de oportunidades”, agregó.

Fuente: La Tercera, Sello Chile Inclusivo

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El ingreso de denuncias a través del Canal de Denuncias implicará la aceptación por parte del denunciante de los siguientes términos y condiciones, los que deberán leerse atentamente, de modo que si no se ajustan a ellos, la denuncia podrá ser desestimada.

Ingresada la denuncia por medio del formulario que contiene esta página, ella será redireccionada automáticamente a la dirección de correo electrónico denuncias@avanzainclusion.cl

Se podrá rechazar, de plano o luego de concluida la respectiva investigación, aquellas denuncias que:

  • No describan conductas reales y concretas.
  • Den cuenta de reclamos y/o solicitudes que no se vinculen a conductas reprochables, los que deben ser canalizados por otras vías disponibles en AVANZA.
  • Adolezcan de falta de fundamento.
  • No contengan la totalidad de los antecedentes requeridos en el formulario dispuesto para estos efectos, salvo que los Receptores estimen que hay mérito suficiente para su conocimiento y/o revisión.
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Las denuncias realizadas de mala fe, es decir, aquellas en que con conocimiento de causa o no debiendo menos que conocerlo, se intente perjudicar a una persona, afectar su honra o imputarle responsabilidad ética y/o legal, podrán ser desestimadas por el EPD y por AVANZA, tan pronto conste este carácter, reservándose el derecho de perseguir las responsabilidades legales de quien en tales términos las hubiese formulado.

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