SEGURIDAD Y SALUD LABORAL EN PLENA PANDEMIA: ¿HAY SUFICIENTE RESGUARDO POR PARTE DEL ESTADO?

SEGURIDAD Y SALUD LABORAL EN PLENA PANDEMIA: ¿HAY SUFICIENTE RESGUARDO POR PARTE DEL ESTADO?

SEGURIDAD Y SALUD LABORAL EN PLENA PANDEMIA: ¿HAY SUFICIENTE RESGUARDO POR PARTE DEL ESTADO?

Por Evelyn Contreras, Directora de Vinculación Institucional

Con el lema, “Detengamos la Pandemia: La seguridad y la salud en el trabajo, salvan vidas” la Organización Internacional del Trabajo (OIT) busca conmemorar, este 28 de abril, el “Día Mundial de la Seguridad y la Salud en el Trabajo”. Esta conmemoración forma parte de la estrategia global de la OIT en materia de seguridad y salud en el espacio laboral, según se consigna a partir de la conferencia Internacional del trabajo de junio del 2003.

El cuidado del recurso humano como un eje central del desarrollo de los diferentes sectores productivos exige de parte de  las empresas tomar medidas para el resguardo de la salud, a través de la promoción de la seguridad y la prevención de riesgos.

En este tiempo, debido a la pandemia del COVID-19, se ha hecho más evidente la posibilidad de poner en riesgo nuestra salud y la necesidad de tomar medidas de resguardo, lo que nos lleva a preguntamos con preocupación por quienes, por motivos laborales, deben continuar exponiendo su integridad sanitaria, en especial cuando en nuestro país hemos tenido que escuchar, en las últimas semanas, frases desafortunadas que ponen el cuidado de las personas en un lugar posterior al cuidado de la economía.

Por esto es crucial agradecer y reconocer a quienes trabajan día a día en los establecimientos de salud, poniéndose en riesgo por entregar lo mejor a los pacientes, incluso cuando las condiciones de trabajo no sean siempre las más óptimas.

A falta de medidas suficientes para la protección de la salud de los trabajadores, como por ejemplo el exclusivo funcionamiento de servicios de primera necesidad en turnos éticos, además de decisiones que parecieran no a lugar, como la reapertura gradual de los centros comerciales,  se hace pertinente, en este día, recordar el compromiso que deben tener las organizaciones para con las personas que las componen, e invitar a las mismas a tomar acciones para resguardarlas.

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Términos y Condiciones

El ingreso de denuncias a través del Canal de Denuncias implicará la aceptación por parte del denunciante de los siguientes términos y condiciones, los que deberán leerse atentamente, de modo que si no se ajustan a ellos, la denuncia podrá ser desestimada.

Ingresada la denuncia por medio del formulario que contiene esta página, ella será redireccionada automáticamente a la dirección de correo electrónico denuncias@avanzainclusion.cl

Se podrá rechazar, de plano o luego de concluida la respectiva investigación, aquellas denuncias que:

  • No describan conductas reales y concretas.
  • Den cuenta de reclamos y/o solicitudes que no se vinculen a conductas reprochables, los que deben ser canalizados por otras vías disponibles en AVANZA.
  • Adolezcan de falta de fundamento.
  • No contengan la totalidad de los antecedentes requeridos en el formulario dispuesto para estos efectos, salvo que los Receptores estimen que hay mérito suficiente para su conocimiento y/o revisión.
  • No vayan acompañadas de información completa, precisa y veraz.
  • Vayan acompañadas de información falsa o engañosa, lo que podrá dar lugar a la adopción de medidas al interior de Avanza, sin perjuicio de las acciones para perseguir la responsabilidad civil o penal de conformidad a la ley.
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    Adjunten audios referidos a conversaciones de carácter privado, sin acompañar la autorización de quienes participaron en ellas.
  • Adjunten fotografías y filmaciones tomadas sin consentimiento de los participantes, salvo en cuanto hayan sido tomadas en recintos públicos o privados de libre acceso al público.

Las denuncias realizadas de mala fe, es decir, aquellas en que con conocimiento de causa o no debiendo menos que conocerlo, se intente perjudicar a una persona, afectar su honra o imputarle responsabilidad ética y/o legal, podrán ser desestimadas por el EPD y por AVANZA, tan pronto conste este carácter, reservándose el derecho de perseguir las responsabilidades legales de quien en tales términos las hubiese formulado.

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