De acuerdo a la Ley N°21.015 sobre Inclusión Laboral y su Reglamento para el Sector Público, los organismos de la Administración del Estado deben reportar su cumplimiento en enero de cada año a la Dirección Nacional del Servicio Civil y al Servicio Nacional de la Discapacidad, SENADIS.
Para ello, el reporte debe considerar los siguientes aspectos:
- Selección preferente de personas con discapacidad
- A lo menos un 1% de la dotación anual deberán ser personas con discapacidad o asignatarias de una pensión de invalidez de cualquier régimen previsional, en los organismos que tengan una dotación anual de 100 o más funcionarios o trabajadores. (No se considera personal a honorarios).
Para que las instituciones puedan reportar su cumplimiento de las obligaciones establecidas por la ley, se ha dispuesto de dos mecanismos: uno para municipalidades y otro para el resto de las instituciones de la Administración del Estado.
1. Para las Municipalidades:
Se encuentra disponible un formulario en línea para realizar el reporte, en https://forms.gle/ZwLBFxYypMRUW1T59
Ante cualquier consulta, se debe escribir al correo electrónico consultaleyinclusion@senadis.cl
2. Para el resto de instituciones de la Administración del Estado:
Se encuentra disponible la plataforma de Servicio Civil en https://reportabilidadgp.serviciocivil.cl
Ante cualquier consulta, se debe escribir al correo electrónico consultainclusion@serviciocivil.cl
Ambos mecanismos se encuentran habilitados entre el 16 de enero y el 17 de febrero de 2020, para que las instituciones reporten su cumplimiento respecto a los procesos de selección y contrataciones realizadas en el período enero a diciembre de 2019.
Además, el reglamento señala que esta información deberá ser publicada en el sitio web de cada institución dentro de los treinta días siguientes a su emisión.
Fuente: Senadis