La interseccionalidad para comprender la violencia de género

La interseccionalidad para comprender la violencia de género

La interseccionalidad para comprender la violencia de género

A estas alturas de la historia de la humanidad, existe mucha información y análisis respecto a la desigualdad estructural que viven las mujeres en el mundo, la que en algunos casos llega a convertirse en diferencias violentas y que amenazan el desarrollo de una vida plena. 

La violencia de género se sustenta en las inequidades de oportunidades que tenemos hombres y mujeres a lo largo de la vida a razón de nuestro género, las que en muchos casos se acrecientan cuando tomamos roles que, en el caso de las mujeres, se asocian mucho más al cuidado del hogar y la familia, y que van más allá de nuestras diferencias personales o biológicas. 

Estas brechas son las que dan paso a diferentes tipos y niveles de violencia en un espiral cuyo máximo exponente es el feminicidio. Existen diferentes formas de violencia contra la mujer, las que han sido ampliamente estudiadas y abordadas con la finalidad de que podamos abrir los ojos a esta realidad y prevenirla.

El riesgo de sufrir violencia se hace más patente cuando además del hecho de ser mujer, se suman en una misma persona otras condiciones que se caracterizan por generar brechas en el acceso a las oportunidades vitales, como son el acceso a la educación, trabajo, salarios dignos, educación para la planificación familiar, entre otras. 

 

El valor de un análisis interseccional 

En este espacio quiero referirme con especial atención a las mujeres que se identifican con grupos en riesgo de exclusión social, como son las mujeres con discapacidad, las mujeres que están en recuperación de consumo de sustancias, las mujeres en situación de calle y las mujeres que están o han estado privadas de libertad. Esta intersección de variables, acrecienta una violencia estructural que les impide participar del mundo laboral con igualdad de oportunidades con los hombres, aún cuando ellos vivan con las mismas condiciones de vulnerabilidad.

La esterilización forzada, en el caso de mujeres con discapacidad; la pobreza menstrual en el caso de las mujeres privadas de libertad; e incluso la inexistencia de estudios con enfoque de género cuando sabemos que en todos los grupos humanos existen brechas de género, son sólo algunos ejemplos de violencia que día a día viven mujeres en todo el mundo.

La interseccionalidad, en la que pueden confluir más de una de estas condiciones de riesgo de exclusión social y otras que no hemos mencionado, potencia la vulneración de derechos aumentando las probabilidades de ser afectadas por diferentes tipos de violencia.

Según un completo informe de la Red Chilena contra la Violencia hacia las Mujeres (2023), a pesar de que en los últimos dos años se aprobaron leyes importantes para la sanción de las responsabilidades en torno a algunas violencias de género, el sistema requiere de formación en enfoque de género. Se sigue observando una distancia entre la ley y la práctica, donde se identifica que las mujeres que denuncian “enfrentan sesgos machistas y revictimización por parte de las instituciones que deberían protegerlas.”

En este día Internacional de la eliminación de la violencia contra la mujer, queremos visibilizar los diferentes tipos de violencia hacia las mujeres que se dan en un contexto de desigualdad estructural, y cómo el concepto de interseccionalidad es fundamental para comprender los distintos escenarios. Podemos reconocer que sin duda alguna hemos avanzado desde diferentes esferas, tanto en visibilidad como comprensión del fenómeno, pero es evidente que es solo una parte del camino por recorrer. 

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Términos y Condiciones

El ingreso de denuncias a través del Canal de Denuncias implicará la aceptación por parte del denunciante de los siguientes términos y condiciones, los que deberán leerse atentamente, de modo que si no se ajustan a ellos, la denuncia podrá ser desestimada.

Ingresada la denuncia por medio del formulario que contiene esta página, ella será redireccionada automáticamente a la dirección de correo electrónico denuncias@avanzainclusion.cl

Se podrá rechazar, de plano o luego de concluida la respectiva investigación, aquellas denuncias que:

  • No describan conductas reales y concretas.
  • Den cuenta de reclamos y/o solicitudes que no se vinculen a conductas reprochables, los que deben ser canalizados por otras vías disponibles en AVANZA.
  • Adolezcan de falta de fundamento.
  • No contengan la totalidad de los antecedentes requeridos en el formulario dispuesto para estos efectos, salvo que los Receptores estimen que hay mérito suficiente para su conocimiento y/o revisión.
  • No vayan acompañadas de información completa, precisa y veraz.
  • Vayan acompañadas de información falsa o engañosa, lo que podrá dar lugar a la adopción de medidas al interior de Avanza, sin perjuicio de las acciones para perseguir la responsabilidad civil o penal de conformidad a la ley.
  • Directa o indirectamente promuevan la discriminación, el odio o el rechazo arbitrarios a personas, grupos, comunidades y/o etnias.
    Incorporen publicidad, promociones, ofrezcan servicios pagados y/o establezcan sistemas de spam.
  • Utilicen un lenguaje inadecuado y/o irrespetuoso.
    Adjunten audios referidos a conversaciones de carácter privado, sin acompañar la autorización de quienes participaron en ellas.
  • Adjunten fotografías y filmaciones tomadas sin consentimiento de los participantes, salvo en cuanto hayan sido tomadas en recintos públicos o privados de libre acceso al público.

Las denuncias realizadas de mala fe, es decir, aquellas en que con conocimiento de causa o no debiendo menos que conocerlo, se intente perjudicar a una persona, afectar su honra o imputarle responsabilidad ética y/o legal, podrán ser desestimadas por el EPD y por AVANZA, tan pronto conste este carácter, reservándose el derecho de perseguir las responsabilidades legales de quien en tales términos las hubiese formulado.

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