Día Mundial de la Inclusión Social y Cero Discriminación

Día Mundial de la Inclusión Social y Cero Discriminación
dos manos abiertas con diversidad de personas ejemplificadas.

Día Mundial de la Inclusión Social y Cero Discriminación

En un contexto mundial donde parecía que la diversidad iba ganando territorio e incluso las políticas empresariales se orientaban cada vez más al respeto y al valor de la diversidad, los discursos de odio y discriminación han ido ganando terreno estos últimos años, dando un giro al avance social que habíamos tenido. 

En conmemoración al “Día mundial de la Inclusión Social y la Cero Discriminación”, es necesario destacar que en nuestro país, la Ley N° 20.609 -o más conocida como “Ley Zamudio”-, protege a distintos grupos de personas que son o han sido víctimas de discriminación, la que define como “toda distinción, exclusión o restricción que carezca de justificación razonable (…) y que cause privación, perturbación o amenaza en el ejercicio legítimo de los derechos fundamentales”. 

Aún estando en 2025 y teniendo todos los medios para verificar la información, existen y son repetidos los discursos discriminatorios, alimentados principalmente por la desinformación. Lamentablemente, estos dichos nos hacen retroceder en inclusión, evidenciando el trabajo que nos queda por hacer en educación para lograr un real avance en esta materia.

Aunque la ley anti discriminación establece mecanismos de denuncia y sanción, esta normativa no aborda educación social para evitar que vuelvan a suceder actos discriminatorios. En ese sentido, es necesario que los valores de inclusión y tolerancia se incorporen a través de instancias formales tanto en el ámbito educacional como en el ámbito laboral, el cual según las cifras del Instituto Nacional de Estadísticas (2024) supera los 8 millones de trabajadores a nivel nacional.

«A pesar de que en la actualidad vivimos en el marco de una sociedad civilizada, la discriminación afecta desde los espacios formales de participación, como los educativos o laborales, hasta espacios informarles y cotidianos, imposibilitando que todas las personas participen en igualdad de condiciones y en un contexto de respeto».  

En este sentido, es responsabilidad de los órganos públicos, establecimientos educacionales y de las empresas, instalar mecanismos y estrategias para educar a la población general y eliminar prejuicios, estigmas, corregir sesgos inconscientes y abordar la diversidad e inclusión en todos los niveles de su organización, incorporando los grupos de especial protección.

Según la Organización Internacional del Trabajo (OIT, 2019), las organizaciones que promueven la inclusión y diversidad en el lugar de trabajo, obtienen una mejoría en el rendimiento y la innovación empresarial, aumento en el nivel de su productividad, compromiso y creatividad de los trabajadores y también reducción de la rotación y del absentismo de los trabajadores, generando una mayor confianza en los inversores de la empresa. 

Es importante decir que las políticas que tienen enfoque en derechos humanos, se orientan hacia que todas las personas, sin excepciones,  puedan vivir una vida ejerciendo sus derechos fundamentales, pero para que estos se respeten a cabalidad, todas y todos tenemos el deber de informarnos, identificar nuestros sesgos inconscientes y actuar para ser un factor de cambio, con el fin de avanzar a un mundo más justo y equitativo.

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Términos y Condiciones

El ingreso de denuncias a través del Canal de Denuncias implicará la aceptación por parte del denunciante de los siguientes términos y condiciones, los que deberán leerse atentamente, de modo que si no se ajustan a ellos, la denuncia podrá ser desestimada.

Ingresada la denuncia por medio del formulario que contiene esta página, ella será redireccionada automáticamente a la dirección de correo electrónico denuncias@avanzainclusion.cl

Se podrá rechazar, de plano o luego de concluida la respectiva investigación, aquellas denuncias que:

  • No describan conductas reales y concretas.
  • Den cuenta de reclamos y/o solicitudes que no se vinculen a conductas reprochables, los que deben ser canalizados por otras vías disponibles en AVANZA.
  • Adolezcan de falta de fundamento.
  • No contengan la totalidad de los antecedentes requeridos en el formulario dispuesto para estos efectos, salvo que los Receptores estimen que hay mérito suficiente para su conocimiento y/o revisión.
  • No vayan acompañadas de información completa, precisa y veraz.
  • Vayan acompañadas de información falsa o engañosa, lo que podrá dar lugar a la adopción de medidas al interior de Avanza, sin perjuicio de las acciones para perseguir la responsabilidad civil o penal de conformidad a la ley.
  • Directa o indirectamente promuevan la discriminación, el odio o el rechazo arbitrarios a personas, grupos, comunidades y/o etnias.
    Incorporen publicidad, promociones, ofrezcan servicios pagados y/o establezcan sistemas de spam.
  • Utilicen un lenguaje inadecuado y/o irrespetuoso.
    Adjunten audios referidos a conversaciones de carácter privado, sin acompañar la autorización de quienes participaron en ellas.
  • Adjunten fotografías y filmaciones tomadas sin consentimiento de los participantes, salvo en cuanto hayan sido tomadas en recintos públicos o privados de libre acceso al público.

Las denuncias realizadas de mala fe, es decir, aquellas en que con conocimiento de causa o no debiendo menos que conocerlo, se intente perjudicar a una persona, afectar su honra o imputarle responsabilidad ética y/o legal, podrán ser desestimadas por el EPD y por AVANZA, tan pronto conste este carácter, reservándose el derecho de perseguir las responsabilidades legales de quien en tales términos las hubiese formulado.

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