Día internacional de las personas con Discapacidad: un largo camino por recorrer

Día internacional de las personas con Discapacidad: un largo camino por recorrer

Día internacional de las personas con Discapacidad: un largo camino por recorrer

El Segundo Estudio Nacional de la Discapacidad (ENDISC II, 2015) consagra que en Chile el 16,7% de la población de 2 años y más tiene discapacidad, es decir, 2.836.818 personas. De esta forma, las personas con discapacidad, son el colectivo en riesgo de exclusión mayoritario en nuestro país.

Para comprender la exclusión social es indispensable relacionarla con diversos aspectos que implican una multiplicidad de factores tales como: estigmatización, discriminación, prejuicios, menos acceso a la educación y al empleo; a desarrollar autonomía e independencia, así como también de formar parte de la esfera pública y política, que se traducen en la vulneración constante de derechos políticos, civiles, económicos, sociales, culturales entre otros.

Si bien en nuestro país existe tendencia a considerar los derechos de las personas con discapacidad de acuerdo al marco normativo internacional suscrito por nuestro país, este proceso avanza a paso lento y las personas con discapacidad lamentablemente siguen siendo testigos de la postergación de sus derechos, la invisibilización y el impedimento de poder ejercer una vida libre de violencia y vulneración. Por esta razón, diariamente las personas con discapacidad deben enfrentar obstáculos que no sólo se traducen a factores urbanísticos y/o arquitectónicos que obstaculizan la movilidad, sino que también a factores sociales, económicos y culturales.

Por otra parte, ser mujer en situación de discapacidad implica una mayor precarización y violencia, que se traduce en violencia de género, menos acceso al empleo, vulneración a los derechos sexuales y reproductivos, esterilización forzada e infantilización hacia las mujeres adultas que tienen discapacidad psicosocial e intelectual.

En materia laboral, la realidad sigue siendo desalentadora, ya que las personas con discapacidad que se encuentran con un empleo corresponden al 39,3%. De las personas que tienen discapacidad intelectual o psicosocial, alrededor del 70% se encuentra desempleada (SENADIS, 2013).

El acceso al trabajo es clave y fundamental para luchar contra la discriminación y para superar los círculos viciosos de la pobreza. La inserción al mundo laboral de las personas con discapacidad implica reconocer los derechos de las personas y además fomentar la vida independiente y autónoma, favoreciendo los índices de calidad de vida y al desarrollo personal y social. A su vez, es fundamental que ese empleo sea de carácter formal, que perdure en el tiempo y con las condiciones de trabajo apropiadas.

El enfoque de derecho implica un cambio de paradigma que permite abandonar la mirada caritativa y asistencialista. Reconocer los derechos de las personas con discapacidad es fundamental para lograr una sociedad inclusiva, reconocer la heterogeneidad de la discapacidad y lograr la dignidad de todas las personas que habitan este país.

Reconocemos los avances en las políticas públicas durante la última década, pero aún hay un largo camino por recorrer: garantizar los derechos sociales, económicos, políticos, culturales y civiles es una tarea social, así como también reconocer a las personas con discapacidad como sujetos de derechos.

 

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Términos y Condiciones

El ingreso de denuncias a través del Canal de Denuncias implicará la aceptación por parte del denunciante de los siguientes términos y condiciones, los que deberán leerse atentamente, de modo que si no se ajustan a ellos, la denuncia podrá ser desestimada.

Ingresada la denuncia por medio del formulario que contiene esta página, ella será redireccionada automáticamente a la dirección de correo electrónico denuncias@avanzainclusion.cl

Se podrá rechazar, de plano o luego de concluida la respectiva investigación, aquellas denuncias que:

  • No describan conductas reales y concretas.
  • Den cuenta de reclamos y/o solicitudes que no se vinculen a conductas reprochables, los que deben ser canalizados por otras vías disponibles en AVANZA.
  • Adolezcan de falta de fundamento.
  • No contengan la totalidad de los antecedentes requeridos en el formulario dispuesto para estos efectos, salvo que los Receptores estimen que hay mérito suficiente para su conocimiento y/o revisión.
  • No vayan acompañadas de información completa, precisa y veraz.
  • Vayan acompañadas de información falsa o engañosa, lo que podrá dar lugar a la adopción de medidas al interior de Avanza, sin perjuicio de las acciones para perseguir la responsabilidad civil o penal de conformidad a la ley.
  • Directa o indirectamente promuevan la discriminación, el odio o el rechazo arbitrarios a personas, grupos, comunidades y/o etnias.
    Incorporen publicidad, promociones, ofrezcan servicios pagados y/o establezcan sistemas de spam.
  • Utilicen un lenguaje inadecuado y/o irrespetuoso.
    Adjunten audios referidos a conversaciones de carácter privado, sin acompañar la autorización de quienes participaron en ellas.
  • Adjunten fotografías y filmaciones tomadas sin consentimiento de los participantes, salvo en cuanto hayan sido tomadas en recintos públicos o privados de libre acceso al público.

Las denuncias realizadas de mala fe, es decir, aquellas en que con conocimiento de causa o no debiendo menos que conocerlo, se intente perjudicar a una persona, afectar su honra o imputarle responsabilidad ética y/o legal, podrán ser desestimadas por el EPD y por AVANZA, tan pronto conste este carácter, reservándose el derecho de perseguir las responsabilidades legales de quien en tales términos las hubiese formulado.

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