Día de la erradicación de la pobreza

Día de la erradicación de la pobreza
Persona sentada en el suelo de calle mientas se ve gente caminando al fondo.

Día de la erradicación de la pobreza

Sr. Director

La segunda semana de octubre se conmemora el Día de la Erradicación de la Pobreza, una oportunidad para destacar que la pobreza es un fenómeno que tiene su origen en múltiples factores que se refuerzan entre sí y que tienden a reproducir pobreza, puesto que provocan restricciones en las personas que la viven.

En ese sentido, la ONU ha identificado algunas de esas restricciones a las que se enfrentan estas personas, tales como las condiciones de trabajo peligrosas, la vivienda insegura, la falta de alimentos, el acceso desigual a la justicia, la falta de poder político y el acceso limitado a la atención médica.

En ese contexto, la inclusión laboral que buscamos desde nuestra organización se convierte en una plataforma fundamental a la hora de buscar la dignidad de las personas que históricamente han vivido en condiciones de vulnerabilidad. Así, el trabajo se sitúa como fuente de ingresos y también como una herramienta para poder satisfacer las necesidades básicas que han sido restringidas anteriormente.

Esta conmemoración es entonces una oportunidad para visibilizar esta situación que afecta a 1.292.521 personas en nuestro país (CASEN 2022) y también una oportunidad para renovar los compromisos con la justicia social, buscando la protección del bienestar humano a través de acciones sostenibles.

Evelyn Contreras,
Directora de Incidencia, AVANZA Inclusión.

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Términos y Condiciones

El ingreso de denuncias a través del Canal de Denuncias implicará la aceptación por parte del denunciante de los siguientes términos y condiciones, los que deberán leerse atentamente, de modo que si no se ajustan a ellos, la denuncia podrá ser desestimada.

Ingresada la denuncia por medio del formulario que contiene esta página, ella será redireccionada automáticamente a la dirección de correo electrónico denuncias@avanzainclusion.cl

Se podrá rechazar, de plano o luego de concluida la respectiva investigación, aquellas denuncias que:

  • No describan conductas reales y concretas.
  • Den cuenta de reclamos y/o solicitudes que no se vinculen a conductas reprochables, los que deben ser canalizados por otras vías disponibles en AVANZA.
  • Adolezcan de falta de fundamento.
  • No contengan la totalidad de los antecedentes requeridos en el formulario dispuesto para estos efectos, salvo que los Receptores estimen que hay mérito suficiente para su conocimiento y/o revisión.
  • No vayan acompañadas de información completa, precisa y veraz.
  • Vayan acompañadas de información falsa o engañosa, lo que podrá dar lugar a la adopción de medidas al interior de Avanza, sin perjuicio de las acciones para perseguir la responsabilidad civil o penal de conformidad a la ley.
  • Directa o indirectamente promuevan la discriminación, el odio o el rechazo arbitrarios a personas, grupos, comunidades y/o etnias.
    Incorporen publicidad, promociones, ofrezcan servicios pagados y/o establezcan sistemas de spam.
  • Utilicen un lenguaje inadecuado y/o irrespetuoso.
    Adjunten audios referidos a conversaciones de carácter privado, sin acompañar la autorización de quienes participaron en ellas.
  • Adjunten fotografías y filmaciones tomadas sin consentimiento de los participantes, salvo en cuanto hayan sido tomadas en recintos públicos o privados de libre acceso al público.

Las denuncias realizadas de mala fe, es decir, aquellas en que con conocimiento de causa o no debiendo menos que conocerlo, se intente perjudicar a una persona, afectar su honra o imputarle responsabilidad ética y/o legal, podrán ser desestimadas por el EPD y por AVANZA, tan pronto conste este carácter, reservándose el derecho de perseguir las responsabilidades legales de quien en tales términos las hubiese formulado.

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