AVANZA Inclusión ya cuenta con el “Sello 40 horas”

AVANZA Inclusión ya cuenta con el “Sello 40 horas”

AVANZA Inclusión ya cuenta con el “Sello 40 horas”

AVANZA Inclusión es parte de las cinco empresas y organizaciones de la región de Valparaíso en recibir este reconocimiento por haber implementado de manera voluntaria la jornada laboral reducida. 

 

Con el objetivo de acreditar a las organizaciones que se han adelantado a la ley y han puesto en marcha la reducción de las horas de trabajo, se llevó a cabo la ceremonia de certificación para distintas organizaciones de la región.  

 

La entrega fue encabezada por la Seremi del Trabajo y Previsión Social de la Región de Valparaíso, Susana Calderón, junto a otras autoridades regionales, donde reconocieron a las distintas organizaciones, por haber implementado, de manera voluntaria, la jornada laboral reducida.

 

Al respecto, Rossana Oyarzún, Directora Ejecutiva de AVANZA Inclusión mencionó que “nuestra responsabilidad con los objetivos de la organización no está dada por la extensión de una jornada de trabajo, sino más bien por el compromiso firme hacia la ejecución de nuestros procesos, bajo altos estándares de calidad”.

 

Las organizaciones que recibieron el Sello 40 horas debían cumplir con requisitos como tener contratado al menos al 80% de los trabajadores y trabajadoras con una jornada ordinaria que no supere las 40 horas y que no sea menor a 30 horas semanales; no haber sido condenada por vulneración a los derechos fundamentales; y estar al día en el pago de las obligaciones previsionales de sus colaboradores.

 

La jornada laboral reducida comenzó a implementarse en 2018, con el fin de mejorar la calidad de vida de sus colaboradores, y permitiéndoles conciliar de manera efectiva su vida familiar y laboral.

 

“En AVANZA Inclusión entendemos que el trabajo es un medio más de participación social y que el balance entre la vida personal familiar y laboral son la clave para impactar positivamente en la calidad de vida de todas las personas”, destacó Rossanna Oyarzún.

 

Las empresas certificadas con el “Sello 40 horas” cuentan con el patrocinio del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, en los términos previstos en la Resolución Exenta N°286, de 2003. Asimismo, este sello es válido por el periodo de un año, pudiendo prorrogarse, previa acreditación, de seguir cumpliendo con los requisitos exigidos.

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Términos y Condiciones

El ingreso de denuncias a través del Canal de Denuncias implicará la aceptación por parte del denunciante de los siguientes términos y condiciones, los que deberán leerse atentamente, de modo que si no se ajustan a ellos, la denuncia podrá ser desestimada.

Ingresada la denuncia por medio del formulario que contiene esta página, ella será redireccionada automáticamente a la dirección de correo electrónico denuncias@avanzainclusion.cl

Se podrá rechazar, de plano o luego de concluida la respectiva investigación, aquellas denuncias que:

  • No describan conductas reales y concretas.
  • Den cuenta de reclamos y/o solicitudes que no se vinculen a conductas reprochables, los que deben ser canalizados por otras vías disponibles en AVANZA.
  • Adolezcan de falta de fundamento.
  • No contengan la totalidad de los antecedentes requeridos en el formulario dispuesto para estos efectos, salvo que los Receptores estimen que hay mérito suficiente para su conocimiento y/o revisión.
  • No vayan acompañadas de información completa, precisa y veraz.
  • Vayan acompañadas de información falsa o engañosa, lo que podrá dar lugar a la adopción de medidas al interior de Avanza, sin perjuicio de las acciones para perseguir la responsabilidad civil o penal de conformidad a la ley.
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    Adjunten audios referidos a conversaciones de carácter privado, sin acompañar la autorización de quienes participaron en ellas.
  • Adjunten fotografías y filmaciones tomadas sin consentimiento de los participantes, salvo en cuanto hayan sido tomadas en recintos públicos o privados de libre acceso al público.

Las denuncias realizadas de mala fe, es decir, aquellas en que con conocimiento de causa o no debiendo menos que conocerlo, se intente perjudicar a una persona, afectar su honra o imputarle responsabilidad ética y/o legal, podrán ser desestimadas por el EPD y por AVANZA, tan pronto conste este carácter, reservándose el derecho de perseguir las responsabilidades legales de quien en tales términos las hubiese formulado.

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